El Gobierno propone la derogación del Estatuto del Periodista, que establece los parámetros para el ejercicio de la profesión.  Además, el Estatuto intenta proteger la tarea de los trabajadores de prensa. Esto fue conversado en una reunión del Consejo de Mayo hace un mes y medio.

Dicho proyecto ha quedado en reserva por existir un acuerdo de confidencialidad.  Por ahora seguirá en “stand by”, pero demuestra que hay vínculos entre la administración libertaria y los dueños de los principales medios de comunicación. Principalmente, con el multimedios Clarín, que históricamente se ha opuesto a la vigencia de esta norma. Este planteo fue abordado entre los proyectos de nuevas reformas laborales para 2026.

El Gobierno propone la derogación del Estatuto del Periodista, que establece los parámetros para el ejercicio de la profesión.  Además, es una institución que intenta proteger la tarea de los trabajadores de prensa al encarecer sus indemnizaciones frente a los despidos sin causa.  El planteo estuvo a cargo  del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger. Gerardo Martínez, de la CGT (representante sindical), lo rechazó y tampoco fue aceptado por secretario de Trabajo, Julio Cordero, ex asesor del Grupo Techint. Por su parte Martín Rappallini, presidente de la Unión Industrial Argentina (UIA) sí demostró interés en la propuesta.

Dicho proyecto ha quedado en reserva por existir un acuerdo de confidencialidad.  Por ahora esto seguirá en “stand by”, pero demuestra que hay vínculos entre la administración libertaria y los dueños de los principales medios de comunicación. Principalmente con el multimedios Clarín, que históricamente se ha opuesto a la vigencia de esta norma. Este esbozo fue abordado entre los proyectos de nuevas reformas laborales para 2026.

El decreto ley 7618/44, dictado el 25 de marzo de 1944, por el entonces secretario de Trabajo, Juan Perón, durante el mandato de Edelmiro Farrell signaba la creación del Estatuto del Periodista Profesional.  Dicho decreto ley fue ratificado con la sanción de la Ley 12.908 el 18 de diciembre de 1946.

Mediante el Estatuto se fijaban los mecanismos de matriculación de los trabajadores de medios de comunicación, se establecían la duración de las jornadas laborales, los descansos y las vacaciones, las categorías profesionales y sus regímenes salariales, y los mecanismos de ingreso. Pero el punto más cuestionado por las patronales de prensa es el de “Estabilidad; ruptura del contrato de trabajo”.  Y ese cuestionamiento llega hasta el día de hoy.

“La estabilidad del periodista profesional, cualquiera sea su denominación y jerarquía, es base esencial de esta ley, siempre que no estuviera en condiciones de obtener jubilación completa y salvo las causas contempladas en la misma”, señala ese capítulo en su introducción. Y eso se debe a que se trata de una profesión que está inherentemente sujeta a presiones de los poderes políticos y económicos, el instrumento da cuenta de la necesidad de dotar a los trabajadores de una protección extra a la del resto de los asalariados.

La norma prevé como razones de despido con causa y sin derecho a indemnización provocar “un daño intencional” al empleador o producirle “un fraude o abuso de confianza establecido por sentencia judicial”; inasistencias “prolongadas o reiteradas”; sufrir una “inhabilidad física o mental o enfermedad contagiosa crónica” peligrosa para su entorno, y “desobediencia grave o reiterada”. También los pone a salvo de suspensiones prolongadas y garantiza la continuidad laboral en caso de servicio militar o convocatorias excepcionales. 

El artículo 43 del Estatuto obliga al empleador del trabajador de prensa, en caso de producirse un despido sin causa, a preavisar con uno o dos meses (de acuerdo a los años de trabajo) de anticipación; a pagarle “una indemnización sustitutiva equivalente a dos o cuatro meses de retribución, según sea la antigüedad” y “de un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses” ante una cesantía injustificada. El punto “d” le añade, sin perjuicio de los pagos ya garantizados, “una indemnización especial equivalente a seis meses de sueldo”. 

Es sabido que son muchos (sobre todo en los medios) los que consideran que la noticia es una mercancía más. Y eso ocurre porque la mayoría de ellos transforman la información en un producto con fines de lucro, donde los intereses económicos influyen en la selección y presentación de los hechos, dando lugar al fenómeno de la mercantilización de la noticia. Así es que abundan los profesionales que se dedican a no apartarse ni un centímetro de la línea que exige la empresa.

La posibilidad de la derogación del Estatuto del Periodista Profesional abre la posibilidad de que los periodistas que tengan como prioridad que la noticia no puede ser mirada ni manejada como una mercancía, y que no deben actuar como simples mercaderes, sean fácilmente desplazados de sus puestos de trabajo. 

Imaginemos en un futuro cercano un panorama como este.  Si hoy estamos complicados por la aparición de noticias falsas, ¿a que nos enfrentaríamos en un mundo donde toda información que nos llegue pueda ser tergiversada?

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