La Iglesia y el Monasterio de Santa Catalina de Siena es uno de los testigos materiales más antiguos de la zona del Río de la Plata. Se ubican en la manzana delimitada por las calles San Martín, Viamonte, Reconquista y la Avenida Córdoba, en el barrio de San Nicolás
Fue creado en base a los planos del jesuita Andrés Blanqui y erigido por el maestro constructor Juan de Narbona, este templo abrió sus puertas a la comunidad dominica en 1745.
Sus muros sirvieron, en sus casi tres siglos de historia viva, como «hospital de sangre» durante la Segunda Invasión Inglesa de 1807 y como centro sanitario de urgencia durante la epidemia de fiebre amarilla del siglo XIX.
Pese a ello, esos mismos muros de estructura colonial temprana – carente de cimientos profundos y construidoscon ladrillos de barro cocido asentados en cal – enfrentan hoy un peligro de derrumbe.
Durante el mes que acaba de terminar el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) inició la ejecución de obras de infraestructura vial que alteraron la zona en forma violenta. Las mismas se desarrollaron sobre la calle Viamonte, en el tramo comprendido entre Carlos Pellegrini y Leandro N. Alem,
Grandes maquinariascomo excavadoras y otras herramientas de percusión mecánica, como martillos neumáticos fueron empleadas parala apertura de zanjas y la modificación de calzadas.
Es raro que ingenieros a cargo de las obras hayan ignorado, o al menos, que hayan equivocado los cálculos para realizar los trabajos en la zona. Indudablemente, no se entiende. Pero lo cierto es que la estabilidad de todo el conjunto histórico depende del equilibrio del suelo de apoyo. Por lo que, tanto la transmisión radial de la energía cinética y como la de las ondas vibratorias generadas por estas máquinas fracturó el comportamiento monolítico de la estructura.
De forma repentina se apreciaron los resultados sobre el material: múltiples grietas verticales, fallas por cizallamiento en el coro alto y desprendimientos gravitacionales de mampostería desde las bóvedas hacia el nivel de circulación peatonal.
Debido al inminente riesgo físico para los feligreses, el lunes 18 de mayo, el presbítero y rector de la institución, Gustavo Antico, ordenó el cierre precautorio y temporal del recinto. A su vez. hizo trasladar las celebraciones litúrgicas al atrio exterior.
La Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y la Fundación Ciudad interpusieron una formal Acción de Amparo Colectivo Ambiental contra el GCBA. Exigieron el dictado de una medida precautelar y cautelar urgente que ordene la inmediata paralización de la maquinaria en el área de amortiguamiento perimetral del predio.
Las organizaciones, con el patrocinio del abogado Jonatan E, Baldiviezo exponen en la demanda un entramado de omisiones administrativas y normativas. Según el documento, el GCBA ha continuado las obras de manera unilateral, eludiendo la tramitación obligatoria de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) exigidos por la Ley N° 123 de la Ciudad, y prescindiendo de los procesos de participación ciudadana previstos en el Acuerdo de Escazú (Ley N° 27.566).
Aún peor, y más grave aún, las autoridades locales habrían ignorado una advertencia directa del órgano federal más alto en la materia. La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos emitió el Dictamen Patrimonial IF-2025-142203178-APN-CNMLYBH el 23 de diciembre de 2025. En el informe se concluye categóricamente que las vibraciones de maquinaria pesada en el entorno aceleran el deterioro del suelo y generan «fisuración progresiva y eventual colapso parcial», por lo que catalogó las obras como incompatibles con la preservación del bien.
En su petitorio final, no solo demandan que cese el daño continuo, sino también la recomposición estructural del monumento y la constitución de un Fondo de Compensación Ambiental (en los términos de la Ley Nacional N° 25.675) para que se garantice su reparación ininterrumpida.
La advertencia de la demanda es ineludible: los daños a materiales preindustriales de tres siglos de antigüedad no admiten reemplazos modernos. En este contexto, cualquier demora judicial en paralizar las máquinas equivale a la destrucción material e irreversible de una pieza fundamental de la memoria colectiva.
El Monasterio no es un inmueble más. Cuenta con la máxima tutela jurídica a nivel federal, habiendo sido declarado Monumento Histórico Nacional mediante los Decretos N° 120.412 del de 1942, y N° 369, de 1975. A nivel local, posee Protección Integral (A-16) conforme a la Ley N° 1.227 y está enmarcado en la Zona 2 del Área de Protección Histórica «Catedral al Norte» (APH 51) conforme a la Ley N° 6.099. Esta última normativa obliga a realizar estudios arqueológicos preventivos, ya que los archivos históricos indican la preexistencia de sepulturas de esclavos en el subsuelo de la manzana.
Y sobre llovido, mojado. Más allá de todo lo narrado, existían fuertes rumores sobre la más que posible autorización para construir sobre la misma manzana un mega templo mormón. Los trabajos para edificarlo representarían otro perjuicio, quizá más nocivo y peligroso queel actual para la estructura de laiglesia y el monasterio.
Y dicho proyecto, el del mega templo mormón acaba de recibir buenas noticias por parte del Poder Judicial porteño: se revocó una medida cautelar que había frenado todo avance allí. Pese a ello, las voces que se oponen a una construcción de esas dimensiones apenas a unos metros de dos edificios que fueron declarados Monumento Histórico Nacional y que son Área de Protección Histórica en el catastro porteño se siguen haciendo escuchar. Veremos cómo sigue la historia.
Fuente de consulta: Observatorio del Derecho a la Ciudad.

