Una vez más, en nuestro país asistimos al embate promovido por el Gobierno nacional, las empresas químico-semilleras, algunas organizaciones de productores y medios de comunicación afines al sector agropecuario, con el objetivo de modificar la Ley de Semillas vigente desde 1973.

Esta situación se suma a la continua promoción, por parte de gobiernos nacionales y provinciales, del registro, adopción y uso de semillas transgénicas. A ello se agrega una nueva ola de organismos modificados genéticamente que se cierne sobre la agricultura argentina y latinoamericana: la denominada edición génica, basada en el silenciamiento de determinados genes para que las plantas expresen características específicas, como la resistencia a herbicidas.

Cada una de estas situaciones, potenciadas en conjunto, atenta contra la soberanía alimentaria en sus dimensiones productivas y en la calidad de los alimentos.

Al respecto, el papa León XIV sostiene: “La búsqueda del bien común es lo que da vida a un pueblo, entendido no como una mera suma de individuos, sino como una realidad viva donde las personas aprenden a reconocerse vinculadas las unas a las otras y corresponsables de la res publica”.

Este aporte puede relacionarse directamente con la obtención, conservación, enriquecimiento, intercambio y resguardo de las semillas. En primer lugar, con la búsqueda del bien común: la observación de las plantas, la recolección, la selección de semillas, el cultivo de aquellas variedades consideradas importantes y la construcción de sistemas alimentarios sustentables desde una mirada integradora.

El bien común implica la integración de saberes, el sustento de la comunidad y el cuidado del ambiente donde vivimos. Supone individuos vinculados y corresponsables de que los alimentos sean recolectados o producidos atendiendo tanto las necesidades individuales como las colectivas, siempre respetando a la naturaleza.

Se trata de un proceso lento que aún hoy continúa en la producción de semillas criollas: encontrarse, realizar aportes y construir conocimientos situados que contribuyan a nuestra alimentación. De allí surge la necesidad de generar espacios de encuentro dentro de un proyecto consensuado y orientado al bien común.

En relación con este concepto, León XIV afirma: “Entre las múltiples implicaciones del bien común adquiere inmediato relieve el principio del destino universal de los bienes. Este principio nos recuerda que los bienes de la tierra —el suelo, el agua, el aire y los recursos naturales— han sido dados a toda la familia humana para sostener la vida de todos, hoy y en las futuras generaciones”.

Más allá de nuestras cosmovisiones y sistemas de creencias, los bienes comunes pertenecen a toda la comunidad. Debemos no solo usufructuarlos, sino también preservarlos en su integralidad, respetando los límites que impone la naturaleza a través de sus ritmos, flujos y ciclos.

En el caso de las semillas, esto adquiere un doble sentido: son bienes creados por la naturaleza que evolucionaron libremente y que luego fueron enriquecidos por generaciones de agricultores mediante procesos de selección vinculados con necesidades alimentarias, sanitarias y ambientales.

Hemos coevolucionado con la naturaleza y tenemos derecho a utilizar el agua, los suelos y las semillas de manera responsable y sin restricciones como las que pretenden imponerse mediante las modificaciones propuestas a la Ley de Semillas.

La normativa vigente sobre Creaciones Fitogenéticas (Ley N.º 20.247), sancionada en 1973, buscó fomentar el mejoramiento vegetal y proteger la identidad y calidad de las semillas, pero también resguardó un principio fundamental de autonomía: el Derecho de Uso Propio.

Según su artículo 27, no vulnera el derecho de propiedad quien reserva y siembra semillas obtenidas de su propia cosecha, permitiendo al agricultor mantener independencia respecto del mercado en cada ciclo productivo.

Sin embargo, la adecuación de la normativa a los requerimientos de los acuerdos comerciales internacionales, particularmente a la UPOV 91, representa una pérdida de soberanía para los productores. El uso propio dejaría de ser un derecho inalienable para convertirse en una excepción que el Estado puede o no conceder, mientras las empresas semilleras exigen pagos por ese reúso. Además, los obtentores podrían reclamar derechos no solo sobre la semilla, sino también sobre la cosecha y sus derivados, como aceites y harinas.

El Papa continúa advirtiendo: “Hoy, entre los bienes destinados universalmente a todos, debemos incluir también las nuevas formas de propiedad: patentes, algoritmos, plataformas digitales, infraestructuras tecnológicas y datos”.

Los bienes están destinados a todos, sin excepción. Su apropiación excluyente implica una vulneración de derechos fundamentales, entre ellos el acceso al agua limpia, al aire puro y a una alimentación saludable.

Las patentes aplicadas a las semillas constituyen una apropiación de bienes colectivos y de los saberes asociados a ellos. También representan una afrenta en un mundo donde, según datos de la FAO, entre 638 y 720 millones de personas padecieron hambre durante 2024. Ese año, el hambre afectó a 307 millones de personas en África, 34 millones en América Latina y el Caribe y 323 millones en Asia.

León XIV agrega: “El cuidado de la Casa común y la responsabilidad hacia los pobres y hacia las generaciones futuras requieren que el uso de los bienes de la creación y de las nuevas posibilidades ofrecidas por la técnica esté regulado de tal modo que respete el ambiente y evite despilfarros y nuevas formas de estafa”.

Aquí resulta inevitable referirse a las semillas modificadas genéticamente que, desde hace tres décadas, ocupan extensas áreas de cultivo y forman parte de nuestra alimentación cotidiana.

Los transgénicos aprobados por sucesivos gobiernos no han cumplido muchas de las promesas con las que fueron presentados. Actualmente asistimos al desarrollo de una nueva generación de organismos modificados mediante técnicas de edición génica, basadas en el silenciamiento de determinados genes.

Se trata de una forma de ingeniería genética que produce cambios específicos en el ADN de una célula u organismo bajo condiciones de laboratorio, dando origen a los llamados organismos genéticamente editados (OGE).

Aunque se intente presentar esta tecnología como algo diferente para evitar los cuestionamientos que pesan sobre los transgénicos, la edición génica constituye igualmente una forma de manipulación genética. Además, puede generar cambios o mutaciones no deseadas en los genes intervenidos.

Entre sus objetivos se encuentran la obtención de plantas resistentes a herbicidas, tolerantes a situaciones de estrés biótico y abiótico, mejoras organolépticas, incrementos en la calidad nutricional y aumentos en los rendimientos productivos.

También se afirma que generará beneficios para productores, industrias y consumidores al garantizar una calidad homogénea durante todo el año. Por ahora, son promesas.

Para finalizar, León XIV recuerda: “El principio de subsidiariedad nace de la misma visión sobre la persona que ha guiado nuestra reflexión sobre la dignidad y el bien común. Aquello que pueden hacer las personas, las familias, las comunidades locales y los cuerpos intermedios no debe ser absorbido por instancias superiores”.

Somos seres libres, capaces de pensar, decidir y actuar en comunidad en la búsqueda del bien común. Esa libertad debe ejercerse respetando a los demás y al ambiente.

Nuestras organizaciones deben respetar y promover las responsabilidades individuales y colectivas en cada territorio, de acuerdo con nuestras culturas, cosmovisiones y formas de acción.

Debemos ser protagonistas y actores, no meros espectadores. También debemos evitar la coacción de gobiernos nacionales, provinciales y locales que, mediante sus políticas e instrumentos, buscan mantenernos callados, subordinados y conformes.

Mirá el resumen que nos ofrece Javier desde nuestro canal de Youtube:

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